Tratamientos Fitosanitarios en Comunidades de Propietarios: Lo que Necesitas Saber

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Los tratamientos fitosanitarios en Comunidades de Propietarios son esenciales para mantener las áreas verdes libres de plagas y enfermedades que afectan a las especies vegetales. Estos tratamientos, regulados por el Real Decreto 1311/2012, incluyen el uso de productos químicos específicos y están diseñados para controlar plagas como pulgones, oidio, cochinillas, orugas, procesionaria, galeruca, y tigre del plátano, entre otros.

¿Qué Son los Tratamientos Fitosanitarios?

Los tratamientos fitosanitarios son intervenciones con productos químicos destinados a combatir plagas y enfermedades en plantas. Estas acciones son vitales para mantener la salud de la vegetación en las áreas comunes de las comunidades de propietarios.

Requisitos para Contratar Servicios de Control de Plagas

  • Empresas Registradas y Técnicos Calificados: Las empresas que ofrecen servicios fitosanitarios deben estar inscritas en el Registro Oficial de Productores y Operadores Fitosanitarios (ROPO). Además, los técnicos aplicadores necesitan contar con el carné de usuario profesional de productos fitosanitarios.
  • Productos Autorizados: Solo pueden utilizarse productos registrados y autorizados por el Ministerio de Agricultura para el control específico de la plaga o enfermedad en cuestión y la especie vegetal a tratar.
  • Prohibiciones: Los productos fitosanitarios y las empresas registradas en el ROPO no están permitidos para el control de plagas urbanas, como mosquitos, cucarachas, roedores, pulgas y garrapatas.

Gestión Integral de Plagas (GIP)

El uso de fitosanitarios se realiza dentro del marco de la Gestión Integral de Plagas (GIP). Este enfoque implica:

Minimización de Productos Químicos: Reducir el uso de químicos al mínimo necesario.

Uso Sostenible: Asegurar que el uso de estos productos sea sostenible y seguro para el medio ambiente.

Estrategias Municipales y Prohibiciones

En algunos municipios, se están implementando estrategias para minimizar o prohibir el uso de productos fitosanitarios en parques y jardines, conocidas como “Fito 0”.

Procedimiento para Tratamientos en Espacios Públicos

Para tratamientos en áreas públicas, incluyendo zonas verdes y de recreo debe haber:

  • Informe de Asesoramiento: Es necesario obtener un informe de asesoramiento en GIP emitido por un asesor reconocido y registrado en el ROPO.
  • Plan de Trabajo: Las empresas deben elaborar un plan de trabajo basado en este informe.
  • Autorización Previa: La empresa contratante debe solicitar autorización al órgano competente de la Administración local al menos diez días hábiles antes de realizar el tratamiento.

Responsabilidad del Administrador de Fincas

El administrador de fincas tiene la responsabilidad de asesorar o advertir al presidente de la comunidad sobre el cumplimiento de estos requisitos legales.

Conclusión

Los tratamientos fitosanitarios en comunidades de propietarios son esenciales para mantener la salud de las áreas verdes. Cumplir con las normativas y procedimientos establecidos asegura un manejo adecuado y sostenible de las plagas y enfermedades vegetales, protegiendo tanto la vegetación como a los residentes.